¿Te preguntas en qué consiste la Ley de Inclusión Laboral en Chile? Lleva más de 5 años en vigencia y exige a todas las entidades públicas y empresas privadas, que tienen un cierto volumen de empleados, una cuota de empleabilidad de personas con discapacidad. En otras palabras, esta medida tiene como objetivo asegurar que estos trabajadores tengan acceso a un empleo sostenible a lo largo del tiempo; y que sea digno.
Ahora bien, sólo el 23% de las empresas del sector privado que tienen la obligación legal de cumplir con la Ley 21.015 informaron sus medidas de cumplimiento, de acuerdo con Fundación ConTrabajo. ¿Tu organización debe sumarse o desconoces el alcance de esta norma? En esta guía, te compartimos los detalles más relevantes.
¿Qué es la Ley de Inclusión Laboral en Chile?
La Ley de Inclusión Laboral incentiva la inclusión de aquellos trabajadores que presentan alguna discapacidad. En este sentido, la norma establece que se reserve un 1% del empleo para quienes tienen una discapacidad o son beneficiarios de la pensión de invalidez de cualquier régimen previsional. Esto aplica tanto a instituciones públicas como a empresas privadas que tengan una plantilla de 100 o más empleados.
Por otra parte, la Ley 21.015 también aborda temas relacionados con el respeto a la dignidad de las personas, además de que ese prohíbe toda discriminación a quienes presentan algún tipo de discapacidad. Asimismo, se especifica que las personas con discapacidad contarán con garantías en los procesos de selección laboral del Estado.
¿Cuándo entró en vigencia la Ley de Inclusión Laboral en Chile?
Esta ley entró en vigencia el 1 de abril de 2018 para empresas públicas y privadas, además de organismos del Estado con 200 trabajadores o más. Al mismo tiempo, un año más tarde, entró en vigencia para entidades que presentan entre 100 y 199 trabajadores en plantilla.
¿Qué dice la ley 21.015 de inclusión laboral?
Aquí los puntos principales:
Personas beneficiarias
Quienes son beneficiarios de la Ley de Inclusión Laboral en Chile, son aquellas personas que reciban una pensión de invalidez o que tengan una discapacidad calificada previamente por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN). También, es válido para quienes la tienen calificada por otras instituciones públicas o privadas que sean reconocidas para esto por el Ministerio de Salud.
Requisitos
En Chile, los requisitos para acceder a los beneficios relacionados con la ley de discapacidad varían según la condición de la persona. En el caso de aquellos que son beneficiarios de la pensión de invalidez de cualquier régimen previsional, no es necesario poseer la credencial de discapacidad ni estar inscrito en el Registro Nacional de la Discapacidad.
La verificación de la condición de beneficiario se lleva a cabo mediante los registros disponibles en el Sistema Nacional de Información de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO). Este proceso asegura que las personas que reciben la pensión de invalidez tengan acceso a los beneficios pertinentes sin la necesidad de contar con la credencial de discapacidad.
Por otro lado, para aquellas personas con discapacidad que deseen acceder a los beneficios contemplados en la Ley, es indispensable presentar la credencial de discapacidad o el certificado de discapacidad. Ambos documentos son emitidos por el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI). Esta entidad es responsable de llevar a cabo la inscripción de la persona en el Registro Nacional de la Discapacidad, garantizando así el reconocimiento oficial de su condición.
Quiénes deben cumplir esta ley
Todas las empresas e instituciones del Estado deben cumplir con la Ley de Inclusión Laboral, así como también aquellas empresas del sector privado que tengan 100 o más trabajadores.
Excepciones
La Ley de Inclusión Laboral en Chile contempla excepciones para empresas e instituciones del sector público o privado en cuanto al cumplimiento de la obligación de cuota de contratación de personas con discapacidad. Estas excepciones están establecidas por razones fundadas, las cuales varían según el ámbito en el que se apliquen.
Ámbito público
En el ámbito público, las razones fundadas que eximen a los órganos, servicios o instituciones de cumplir con la cuota prevista por la ley de discapacidad son las siguientes:
- Naturaleza de las funciones: cuando las funciones que desarrolla el órgano, servicio o institución son incompatibles con la incorporación de personas con discapacidad.
- Cupos no disponibles: en el caso de no contar con cupos disponibles en la dotación de personal, la entidad pública puede excepcionarse de la obligación de cuota.
- Falta de postulantes aptos: si no se presentan postulantes que cumplan con los requisitos establecidos y que además tengan discapacidad, la entidad pública puede argumentar esta falta como una razón fundada.
Ámbito privado
En el ámbito privado, las razones fundadas que eximen a las empresas de cumplir con la cuota de la Ley de Inclusión Laboral son las siguientes:
- Naturaleza de las funciones: si la naturaleza de las funciones que desarrolla la empresa es incompatible con la incorporación de personas con discapacidad, se considera una razón fundada para no cumplir con la cuota.
- Falta de interés: en caso de que no haya personas interesadas en las ofertas de trabajo formuladas por la empresa y que cumplan con los requisitos, la falta de interés se convierte en una razón fundada para no cumplir con la cuota de contratación de personas con discapacidad.
Cumplimiento alternativo
En el ámbito privado, la Ley de Inclusión Laboral en Chile proporciona mecanismos alternativos de cumplimiento para aquellas empresas que, por razones fundadas, no pueden cumplir directamente con las cuotas de contratación de personas con discapacidad. A partir de estos mecanismos alternativos, las empresas pueden contribuir de manera significativa a la inclusión laboral de personas con discapacidad de otras maneras. Aquí te los compartimos:
- Contratos de prestación de servicios con empresas inclusivas: las empresas que enfrentan dificultades para incorporar directamente a personas con discapacidad pueden cumplir con la ley celebrando contratos de prestación de servicios con otras empresas que ya tengan contratadas personas con discapacidad. Este enfoque fomenta la colaboración entre empresas para promover la inclusión laboral de personas con discapacidad.
- Donaciones a proyectos o programas inclusivos: otra opción de cumplimiento alternativo es la posibilidad de realizar donaciones en dinero a proyectos o programas gestionados por asociaciones, corporaciones o fundaciones especificadas en el artículo 2 de la Ley Nº 19.885. Estas donaciones contribuyen al apoyo de iniciativas que buscan la integración y desarrollo laboral de personas con discapacidad.
Así, estos mecanismos alternativos ofrecen flexibilidad a las empresas al proporcionar opciones adicionales para cumplir con los objetivos de la Ley de Inclusión Laboral, permitiendo así que contribuyan de manera activa a la promoción de la inclusión de personas con discapacidad en el ámbito del trabajo. Es importante destacar que están diseñados para adaptarse a las circunstancias individuales de las organizaciones.
Fiscalización
La fiscalización de la inclusión laboral de personas con discapacidad en Chile se realiza de manera específica tanto en el sector privado como en el público, con procedimientos y requisitos adaptados a las características de cada ámbito. A continuación, te compartimos cuáles son esos procesos, según el sector al que correspondan:
Sector privado
La Dirección del Trabajo juega un papel crucial en la fiscalización del cumplimiento de la Ley de Inclusión Laboral en el sector privado. Para garantizar la transparencia y la verificación de la contratación de personas con discapacidad o pensionados por invalidez, se establece que las empresas deben llevar un registro actualizado de los contratos de trabajo, sus modificaciones y términos de trabajo celebrados con estas personas.
La obligación de las empresas es ingresar esta información en el sitio web de la Dirección del Trabajo en un plazo de 15 días siguientes a la celebración de dichos actos jurídicos. Este registro actualizado permite a la Dirección del Trabajo supervisar y verificar el cumplimiento de las cuotas de empleo para personas con discapacidad en el sector privado.
Sector público
En el sector público, la fiscalización se realiza de manera específica en relación con la cuota de contratación del 1%, según la Ley de Inclusión Laboral. En el caso de que una entidad no pueda cumplir total o parcialmente con esta cuota, se establece la obligación de remitir un informe fundado. Este informe debe ser enviado a la Dirección Nacional del Servicio Civil y al Servicio Nacional de la Discapacidad (Senadis).
Ahora bien, en dicho documento, la entidad del sector público debe explicar detalladamente las razones que justifican la imposibilidad de cumplir con la cuota establecida. Este proceso permite una evaluación detallada de las circunstancias y razones que puedan afectar el cumplimiento de la cuota.
Vista previa del formato de contrato de trabajo editable en Word por Crehana
¿Qué beneficios tiene una empresa al contratar una persona con discapacidad en Chile?
Si bien no hay beneficios específicos por este tipo de contrataciones, aquellas organizaciones que implementan un liderazgo inclusivo suelen experimentar un aumento significativo en la retención de talento y mayores niveles de productividad. Sin embargo, aún queda mucho por hacer, porque sólo un tercio de las empresas mide la inclusión, según la Organización Internacional del Trabajo.
A pesar de eso, el primer paso es el diseño de propuestas inclusivas. A propósito, ¿te gustaría conocer más sobre la creación de políticas inclusivas? En este episodio de Amazing People Podcast by Crehana junto a Denisse Cazú, Vicepresident de H.R. en Mattel para LATAM, te compartimos todo lo que debes saber al respecto:
Preguntas frecuentes sobre la Ley de Inclusión Laboral
¿Qué sueldo reciben las personas con discapacidad mental o intelectual al ser empleadas?
Debido a que se derogó el artículo 16 de la Ley 18.600, estas personas pueden acceder a una remuneración más digna (con base en el salario mínimo).
¿Cuáles son las sanciones por la falta de cumplimiento?
En caso de falta de cumplimiento de las obligaciones establecidas por la Ley de Inclusión Laboral en Chile, tanto para los órganos de la Administración del Estado como para las empresas privadas, se establece un marco normativo que define los parámetros, procedimientos y demás elementos necesarios para el cumplimiento de dichas obligaciones o para justificar su excusa. Este marco normativo se materializa con el armado de un reglamento.
- Para los órganos de la Administración del Estado: un reglamento, dictado por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social y suscrito por los Ministros de Hacienda y Desarrollo Social, establecerá los parámetros, procedimientos y demás elementos necesarios para cumplir con las obligaciones consignadas en la Ley de Inclusión Laboral o para justificar su excusa. Este reglamento proporciona las directrices y normativas específicas que los órganos de la Administración del Estado deben seguir para asegurar el cumplimiento de las cuotas de empleo para personas con discapacidad.
- Para las empresas privadas: se establece un proceso similar. También deben confeccionar un reglamento que siga los mismos términos que el reglamento aplicable a los órganos de la Administración del Estado. Este reglamento proporciona las pautas y procedimientos específicos que las empresas privadas deben seguir para dar cumplimiento a las obligaciones establecidas por la Ley de Inclusión Laboral, o en su defecto, para justificar su excusa de manera adecuada.
¿Cómo potenciar la inclusión laboral desde RR. HH.?
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Ahora que conoces los puntos principales sobre la Ley de Inclusión Laboral en Chile, puedes tomar las acciones relacionadas que sean necesarias para su cumplimiento si tu organización cumple con las condiciones para ello. Asimismo, la creación de políticas de inclusión laboral y diversidad te ayudará a potenciar los resultados de tu equipo, aunque en tu empresa haya menos de 100 empleados. ¿Qué esperas para obtener todos estos beneficios?